TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL NUMERO QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:
PRIMERO: Califica la Flagrancia en la aprehensión del imputado PÉREZ DÁVILA JOSÉ WILSON, ya identificado, por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el articulo 456 del Código Penal, por estar reunidos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, además de ser suficientes los elementos de convicción presentados por el Ministerio Público, constitutivos de: Un Acta Policial, suscrita por funcionarios de la Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira, donde narran las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se produce el hecho y la aprehensión del imputado y Denuncia formulada por la victima Nelly Castro Fuent.....