Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley NIEGA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA REGIMEN ABIERTO al penado JHOANNY JOSE ROCCA GIL, venezolano, nacido en fecha 21-08-1.980 de 32 años de edad, de oficio obrero, residenciado en la carretera vieja Caracas La Guaira, Sector La Torre, Plan de Manzano, casa Número 22, hijo de Víctor José Rocce (f) y Ángela Gil (v), identificado con la cédula de identidad número 15.247.091, en virtud que el penado de marras no cumple con los requisitos exigidos en el artículo 500 numeral 2 y 3 indicando claramente la norma adjetiva antes señalada, a los fines que el penado pueda gozar de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena REGIMEN ABIERTO deben cumplir de manera simultanea las circun.....