Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 43 del Código de Procedimiento Civil, Decreta:
1. Se decreta MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble ubicado en la calle Falcón Nº 79, antes 65, el cual tiene una superficie aproximada de trescientos cincuenta y dos metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetro cuadrados (352,59 M2), ubicado en la población de Santa teresa del Tuy, Municipio Autónomo Independencia del Estado Bolivariano de Miranda y que se encuentra alinderado de la manera siguiente: Norte: en TREINTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (36,51 m) con inmueble que es o fue de de Julio Frenando Rodríguez; Sur: en TREINTA Y SEIS METROS CON CICUENTA Y UN CEN.....