Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos LUISA MARISELA LEÓN de NAQUICHE, FERNANDO LEÓN PÉREZ, JAVIER LEÓN PÉREZ, TOMÁS JESÚS LEÓN PÉREZ, RIGOBERTO MANUEL LEÓN PÉREZ y MARÍA ADORACIÓN LEÓN PÉREZ y SHELLYBERT JACKELENE LEÓN TABOADA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.454.480, V-6.873.157, V-6.870.370, V-6.462.944, V-11.821.745, V-12.416.477 y V-16.591.351, respectivamente, Únicos y Universales Herederos de la causante MARIA ADORACION PÉREZ VERA (), quien fuese de nacionalidad española, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-782.446, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y d.....