1.- SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA: A la cual no podrá optar por cuanto fue condenado a una pena mayor de cinco (05) años, conforme con lo dispuesto en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal. **************************************
2.- TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO: Al que podrá optar y solicitar cuando haya estado privado de su libertad por un tiempo no inferior a DIEZ (10) AÑOS y SEIS (06) MESES, que es la mitad de la pena impuesta; esto es, a partir del día 10 de febrero de 2013. *****************
3.- DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO (RÉGIMEN ABIERTO): Que podrá solicitar cuando haya estado privado de su libertad por un tiempo no inferior a DIEZ (10) AÑOS y SEIS (06) MESES, que es la mitad de la pena impuesta; esto es, a partir del día 10 de febrero de 2013.*
4.- LIBERTAD CONDICIONAL: Que podrá solicitar cuando haya cumplido dos tercios (2/3) de la pena impuesta, que será de CATORCE (14) AÑOS, que los cumplirá el 10 de agosto de 2016......