Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA otorgar al ciudadano; HERRERA CHIRINOS CARLOS JOSE, titular de la Cédula de Identidad Número 6.508.648, las Medidas Cautelares Sustitutiva contempladas en el artículo 256 numerales 3, 4 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal .Diarícese, Regístrese, Líbrese Boleta de Excarcelación a nombre del ciudadano ya identificado y de citación a los fines de imponerlo de la presente decisión y se comprometa a cumplir con las obligaciones impuestas.