Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, declara SIN LUGAR la solicitud de cambio de la media privativa de libertad que le impusiera a sus defendidos el Tribunal Cuarto de Control de esta misma Extensión Judicial y sede en fecha 01-05-05, por considerar que en el presente caso no estamos en presencia del retardo injustificado alegado por la Defensa Pública. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO,
ADALGIZA T. MARCANO HERNANDEZ
El Secretario,
Seguidamente se dio cumplimiento a lo aquí ordenado.
El Secretario,