Este Tribunal le otorga el valor probatorio que de los mismos emana, conforme a lo establecido en el Artículo 427 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 936 y el encabezamiento del Artículo 937 eiusdem, así como lo previsto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18/03/2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02/04/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia; por cuanto no ha habido oposición alguna, este Tribunal DECLARA a los ciudadanos TIBISAY DEL CARMEN RENGIFO DE ARTILES, ROSIBEL KATIUSKA ARTILES LÓPEZ , FRANCIS MILITZA ARTILES LÓPEZ, ANDERSON FRANCISCO ARTILES LÓPEZ, ENGELBERT STEVE ARTILES LÓPEZ, SISLEY YASIBIT ARTILES RENGIFO y JOHANA CAROLINA ARTILES RENGIFO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.417.076, V-11.992.805, V-12.060.069, V-13.287.792, V-14.445.173, V-19.511.561 y V-19.511.562, respectivamente, ÚNICOS Y UNIV.....