DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, actuando en forma unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
U N I C O: Por cuanto se ha verificado que en el presente caso se ha producido una causa extintiva de la acción penal, tal como lo solicitara la defensa Privada, el profesional del Derecho JOSE UBALDO LAGUADO NARANCON conforme a lo establecido en los artículos 28 numeral 5° y 322 del Código Orgánico Procesal Penal se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, que por los delitos de VIOLENCIA FISICA y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos en los artículos 17 y 20 respectivamente de la LEY DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, habían sido objeto de acusación el ciudadano GABRIEL PETTE.....