Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en Función de Quinto de Control del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite en todas y cada una de sus partes la Acusación interpuesta por la Representación Fiscal Décima Sexta del Ministerio Público; de esta Jurisdicción Penal, en contra del Acusado LUIS MIGUEL BERNAL DÍAZ; por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal venezolano; en perjuicio del ciudadano JAVIER ANTONIO ISTURIZ SIERRA. SEGUNDO: Condena anticipadamente conforme a lo establecido en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, al Acusado LUIS MIGUEL BERNAL DÍAZ; por ser culpable y autor en la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el art.....