"...En este mismo orden, el auto de Homologación de la Transacción Judicial constituye una Resolución Judicial, de allí que deba ser motivada por el Juez, estableciendo que ha verificado la capacidad de las partes para transigir, así como la disponibilidad de la materia para ello, a fin de dotar de ejecutoriedad al contrato en cuestión.
Así pues, luego de una revisión exhaustiva a las actas que conforman el presente expediente se pudo constatar que la parte actora se encuentra presente y representada judicialmente por los Profesionales del Derecho Carlos Carulli Alvarez y Cora Farias Altuve, con facultades para convenir desistir y transigir, conforme Poder Especial que riela a los folios 16 y 17 del expediente; y la parte demandada, presente en este acto, actúa en su propio nombre, derechos e intereses, debidamente asistida por la Abogada Maria Alejandra Castellano, Defensora Pública con competencia en materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derech.....