...declara, de conformidad con los Artículos 12, 242, 243, 254 y 362 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 1.159, 1.160 y 1.167 del Código Civil, CON LUGAR la demanda por Cumplimiento de Contrato de venta incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO SEQUERA VILLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.843.966, en contra de la ciudadana LOCELIA MARÍA FIGUEIRA DA SILVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 12.880.690 y consecuentemente, se condena a la parte demandada a pagar al demandante la suma de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,oo), por concepto de saldo adeudado, según contrato de venta suscrito el 30 de mayo de 2003.