DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la causa seguida en contra del ciudadano CASTILLO PEDRO RAFAEL, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.875, de nacionalidad venezolana, de 19 años de edad residenciado en el Sector Brisas de Oriente, calle principal, casa S/N, Carrizal, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado en Grado de Frustración previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 4 del Código Penal, en perjuicio del establecimiento DISCO CENTER, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3°, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 108 ordinal 4° en concordancia con el artículo 110 en su primer aparte del Código Penal, y a tal efecto se le ACUERDA SU LIBERTAD PLENA.-