Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la solicitud de PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VIA EJECUTIVA) ha incoado JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO LONDRES contra CARMEN J. DE YAMBO y CARLOS FELIPE YAMBO DURÁN, plenamente identificados al comienzo de este fallo.