Llenos como se encuentran los requisitos concurrentes para el decreto de las cautelares solicitadas este Tribunal, pasa a decretar como en efecto DECRETA la siguientes MEDIDA PREVENTIVAS INNOMINADAS:
1) Se decreta la PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR del inmueble propiedad de la codemandada INVERSIONES CEMA, S. R. L., constituido por un lote de terreno que forma parte de mayor extensión de las denominadas Haciendas "La Margarita" y "Marrón", situadas en Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, con una superficie aproximada de CIENTO ONCE MIL CIENTO DOCE METROS CUADRADOS (111.112 mts2) y cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: En segmento de doscientos diecinueve metros con treinta y dos centímetros (219,32 mts), aproximadamente de coordenada N 4.466,87, de acuerdo al origen de Loma Quintana, con terrenos de Construcciones Río Grande, C. A.; SUR: En una longitud de cuatroci9entos ochenta y siete metros con veintiocho centímetros (487,28 mts), que es la suma respectiv.....