Emite los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: ADMITE el escrito de QUERELLA interpuesto por el ciudadano abogado MARCO TULIO MONTERO NAVAS, actuando en representación de la ciudadana JANE LAURA ANGELES, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.271.858, en contra de la ciudadana YACIRA DEL CARMEN CEDEÑO, por la presunta comisión del Delito de BIGAMIA, previsto y sancionado en el artículo 400 del Código Penal. SEGUNDO: Se Ordena la ACUMULACIÓN de la presente Causa a la Causa Original signada con el N° 5C 11242-02, la cual reposa en la Fiscalía Primera del Ministerio Público, por versar ésta sobre los mismos hechos por los cuales se encuentra conociendo dicha Fiscalía, debiéndose remitir la Causa a la Fiscalía actuante en el lapso procesal correspondiente, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 280, 283 y 300 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: se declara Sin Lugar la solicitud de decreto de MEDIDAS CAUTELARES ANTICIPADAS típicas o innominadas sob.....