... En consecuencia de los razonamientos expuestos, es forzoso para esta juzgadora concluir que la solicitud presentada por los ciudadanos Nieves Armando González Gamero y Alfredo Yépez Pinto, antes identificados, no cumple con los requerimientos de procedencia del artículo 24 de la Ley de Propiedad Horizontal para que pueda ordenarse la convocatoria requerida por los solicitantes, y la solicitud presentada debe ser declarada improcedente. Así se decide