Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara suficiente las presentes actuaciones para asegurarle a la Ciudadana: YULIANA ELIZABETH DURAN MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-26.015.348, su derecho de posesión y propiedad, sobre unas mejoras consistentes en: una vivienda unifamiliar compuesta por una sala, cuatro habitaciones con puertas de madera, cocina empotrada con cerámica y mesón intermedio, techo de machihembre de madera con manto y teja, tubería estructural, puerta de entrada de madera con reja de hierro, ventanas externas panorámicas y rejas de hierro, dos baños revestidos en cerámica con puertas de madera, un área de servicios con piso de cemento y con tanque pa.....