ANULA la sentencia dictada en fecha 20 de abril de 2004, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante la cual se CONDENA al ciudadano LAVANA MARTEL YORJAN ENRIQUE a cumplir la pena de cinco (05) años de prisión por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, por haber incurrido en la violación de la Ley por inobservancia de una norma jurídica, vicio este establecido en el numeral 4 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 457 ejusdem.