DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la causa seguida en contra de la ciudadana GÓMEZ NAVARRO MARÍA ELEONORA, titular de la cedula de identidad Nro. V-6.870.099, de 39 años de edad, residenciada en Lagunetica, calle El Padillal, casa Nº 01, Los Teques, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de Violencia Física establecido en el articulo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio del ciudadano García Mauricio Isaac, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 8, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, y a tal efecto se le ACUERDA SU LIBERTAD PLENA.-