DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano VICTOR FELIPE HERRERA MOLINA, titular de la cedula de identidad N0 12.828.593, estado civil soltero, de 33 años de edad, de profesión obrero, residenciado en Tacarigua de Mamporal, sector Las Maravillas, calle 1, casa sin número, Estado Miranda, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 458, 274, 218 y 174, todos del Código Penal, en virtud de que se encuentran llenos los extremos de los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal....