se le imparte su HOMOLAGACION COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles.- Asimismo se acuerda la devolución del original del documento de propiedad del inmueble que corre inserto a los folios (04) y (05) y en su lugar déjese copia certificada del mismo, y en cuanto a la devolución de los documento solicitado por la parte actora marcado con las letras "B" y "C", este Juzgador se abstiene de proveer ya que dichos documento se encuentran en copias fotostáticas y no en originales.-Archivase el presente expediente.-