CONDENA a la ciudadana DORIS JOSEFINA ARISMENDI FLORES, quien es venezolana, soltera, nacida en fecha 14-08-88, hija de Doris Flores viva y de José Arismendi vivo residenciada en Barrio 23 de Enero, Guatire, calle Carabobo, Callejón las Palmas, detrás del Cementerio y titular de la Cedula de Identidad Número 19.822.967, a cumplir pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autora responsable de la comisión del delito de: DISTRIBUCION DE MENOR CUANTIA, delito previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en relación con el artículo 74 ordinal 4º, 376 del Código Orgánico Procesal Penal, pena que cumplirá en los términos que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente