Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: De conformidad con el primer aparte del artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los apartes del artículo 312 ejusdem, se acuerda la entrega del vehículo Marca CHEVROLET, Modelo CHEVETTE DOS PUERTAS, Tipo COUPE, Uso PARTICULAR, Color PLATA, Año 1987, Clase. AUTOMOVIL, Placas XHG-351, Serial Carrocería 5C115HV318460, Serial Motor visible: 5HV205188, Cifra de Seguridad ó FCO: P4045, al ciudadano ADRIAN JOSE MORALES MARTINEZ, titular de la cédula de identidad personal No. V-06.455.943, quedando el precitado obligado a presentar el vehículo automotor en cuestión cada vez que sea requerido por las autoridades competentes. Líbrese oficio al estacionam.....