PRIMERO: El penado antes mencionado, fue detenido por primera vez en fecha 05 de abril de 2004, y hasta la presente fecha, ha estado privado de su libertad, por un tiempo de TRES (03) AÑOS ONCE (11) MESES y SEIS (06) DIAS, faltándole por cumplir un remanente de VEINTIDOS (22) AÑOS, DIEZ (10) MESES y NUEVE (09) DIAS DE PRISION, pena esta que terminara de purgar el día 20 DE ENERO DE 2031.
SEGUNDO: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar al beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO la cumplirá a los SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES, ONCE (11) DIAS Y SEIS (06) HORAS DE PRISION. (17-12-2.010, A LAS 6:00 HORAS DE LA MAÑANA).
La tercera parte de la pena, cumplimiento necesario para optar al beneficio de REGIMEN ABIERTO, la cumplirá a los OCHO (08) AÑOS, ONCE (11) MESES Y SEIS (06) DIAS DE PRISION. (11-03-2.013)
Las dos terceras partes del cumplimiento de la pena, las cuales son requisito para otorgar la LIBERTAD CONDICIONAL, la cumplirá a los DI.....