...Acuerda RATIFICAR la decisión dictada por este Juzgado, de fecha 25-10-2010, la cual riela a los folios 21 al 32 del presente expediente, donde se le decreto al Adolescente; : IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, la Medida de Privación de Libertad contenida en el articulo 582 literal "g" consistiendo en que el investigado deberá presentar de dos o mas fiadores que cumplan con el requerimiento de cubrir entre todos ellos una cantidad equivalente a SETENTA (70) UNIDADES TRIBUTARIAS. Dichos fiadores deberán consignar sus respectivas Constancias de Trabajo; Constancias de Buenas Conductas y Constancias de Residencias, Recibos de Pago, Fotocopias de las Cedulas de Identidad las cuales deberán ser de posible verificación y asimismo Niega el pedimento formulado por la Defensa Privada, Abg. JORGE CLARET MARTINEZ R. abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero Nº.....