...DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE de PROPIEDAD, sobre la bienhechuría descrita en la solicitud, construida sobre un lote de terreno de su propiedad según consta en documento autenticado por la Notaria Publica Novena del Municipio Libertador, Distrito Capital, el treinta y uno (31) de marzo de 2006, anotado bajo el Nº 51, Tomo 39 de los Libros de Autenticaciones, distinguida la parcela con la letra y numero "Q-CERO TRES b" (Nº Q-03b), con una extensión de superficie aproximadamente de un mil setecientos veintiún metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados (1.721,80 mts2), ubicado en el Parcelamiento Recreacional Cholondròn- I Etapa, situada en el sitio denominado Cholondròn de la Parroquia Caucagua, Jurisdicción del Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, y con un área de construcción de ciento sesenta metros cuadrados con treinta y un metros cuadrados (160,31 mts2); de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil,.....