DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos TORRES DE RODRIGUEZ MORELBA JOSEFINA Y RODRIGUEZ YANEZ JOSE ARGENIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.403.454, y V-3.452.105, respectivamente, de la de-cujus RODRIGUEZ TORRES CARLOS LUIS, quien era titular de la cédula de identidad No. V-15.092.478.