DISPOSITIVA
Con fundamento a los hechos narrados, y al derecho motivado, éste JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en San José de Barlovento, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero.- Disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos: SAÚL ENRIQUE DÍAZ MENA y ENDRY ROSELÍN SEQUEIRA LEÓN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.910.099 y V-17.772.233, respectivamente. Segundo: En relación a los bienes adquiridos durante la unión matrimonial señalado por la cónyuge, de esto oirá pronunciamiento posterior ante un Tribunal competente, al momento que lo soliciten las partes. En su debida oportunidad, y previa verificación de que haya quedado firme la presente decisión, ofíciese al Registro Civil de P.....