DECISIÓN
Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Río Chico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE en razón del TERRITORIO, de conformidad con el artículo 993 del Código Civil y a la resolución Nº 2009-0006 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para conocer de la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana LISSET EGLES QUILIMACO LIENDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.631.127, actuando en su propio nombre y de conformidad con el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil en representación de su padre FELIX RAMÓN QUILIMACO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.....