PRIMERO: Que el penado WILMER ALFREDO APONTE MARTINEZ, fue detenido en fecha 09-08-02, como consecuencia de la investigación, según consta de acta policial cursante al folio tres (3) de la única pieza del presente asunto, habiendo permanecido detenido hasta la presente fecha, lo cual, por aplicación del contenido del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, implica que ha agotado de la pena que finalmente le fue impuesta, hasta el dia de hoy, un lapso de UN (1) AÑO, NUEVE (9) MESES y CUATRO (4) DIAS, lo que significa que le falta por cumplir UN (1) AÑO, CINCO (5) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS, los cuales cumplirá en fecha 06-11-2.005.SEGUNDO: Igualmente el prenombrado ciudadano fue condenado a cumplir las accesorias de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, las cuales se especifican a continuación:1° Inhabilitación política por el tiempo que dure la condena, es decir, que culminará en fecha 06-11-2.005.2° Sujeción .....