decretar sentencia condenatoria por el delito de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previstos en los artículos 458 en concordancia con el articulo 84 ordinales 3, en su primera a parte del código penal; y en aplicación del articulo 37 ejusdem el limite medio del presente delito es el de ocho (08) años y seis (06) meses, de prisión; en cumplimiento de lo contemplado en los artículos 74 numerales 1 y 4, como son las circunstancias atenuantes y no estimar las circunstancias agravantes del articulo 77 ejusdem, la pena ha imponer, deberá ser el limite mínimo del delito de ROBO AGRAVADO, correspondiendo ser diez (10) años de prisión; valora el tribunal que la autoría es en grado de complicidad según lo previsto en el articulo 84 numeral tercero primera parte; estableciendo el Legislador la rebaja por mitad; y por ello es que el imputado: GONZALEZ GUEVARA JERVIC, quedará sentenciado condenatoriamente al delito de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previstos en los artículos 45.....