DECRETA LA IMPROCEDENCIA DE OTORGAR EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, al penado: JOSE ADAN MARTINEZ LEAL, portador de la cédula de identidad N° 18.403.723, por cuanto todos los informes Psicosociales practicados anteriormente, han arrojado fallo desfavorable y vista la magnitud del delito por el cual fue proceso. Conforme a lo previsto en los artículos 56 del Código Penal, 24 y 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.-