En consecuencia de lo anteriormente expuesto, procédase a notificar a las partes lo resuelto por este Tribunal, así como a publicarse la presente resolución judicial. Procédase a librar las correspondientes comunicaciones a la Dirección General del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, a la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia. Líbrese Oficio a la Delegación de la Unidad de Defensa Pública, a los fines de la Designación de un Defensor en la fase de Ejecución. Y toda vez que se observa que el penado de autos opta por la medida alternativa de cumplimiento de condena de Libertad Condicional, se acuerda solicitar lo siguiente: 1ª Antecedentes Penales del ciudadano penado de autos a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz. 2ª.-.....