Sobre la base de lo expuesto este Juzgado Primero de Control Administrando Justicia por mandato expreso de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela DECLARA: CON LUGAR la solicitud de la Defensora Pública Dra. MARTIZA MATERAN a favor del ciudadano GERARDO ALBERTO PEREZ UGUETO, titular de la Cédula de Identidad No. INDOCUMENTADO quien manifestó ser titular de la Cédula de Identidad No. 16.923.191, por lo que se acuerda MANTENER la medida cautelar sustitutiva contenida en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, relativa a la presentación del imputado cada 7 días por ante este Despacho hasta la presentación del acto conclusivo correspondiente por parte del representante Fiscal y REVOCAR la medida cautelar sustitutiva contenida en el numeral 8 del referido artículo relativa a La obligación del imputado de presentar dos (2) fiadores con capacidad económica de veinte (20) Unidades Tributarias cada uno y que llenen los requisitos del artículo 258 ej.....