Vistos los recaudos de fiadores presentados por la ciudadana LIGIA ELENA MARRON GOMEZ, para que sean admitidos los ciudadanos AURORA FUENTES Y EFRAIN PINTO, como fiadores del ciudadano ROBERT JESUS OLLARVES, este Tribunal admite al ciudadano EFRAIN PINTO como fiador del referido imputado y NO admite a la ciudadana AURORA FUENTES como fiadora, por cuanto la constancia de trabajo que consignan no indica dirección donde supuestamente esta ubicada esa empresa, ni número telefónico CANTV, donde se pueda verificar la veracidad o no de la información allí contenida