declarar SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en la modalidad de efecto suspensivo por el Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en contra de la decisión emitida el 06 de junio de 2013 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de esta Extensión Judicial mediante la cual decretó LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, al imputado HÉCTOR JOSÉ FIGUEROA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406, Ordinal 1º del Código Penal, por cuanto no están dados los supuestos, ni las condiciones exigidas en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.