este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, DISPONE:
PRIMERO: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento propuesto por la ciudadana ZULEIKA MERCEDES URBINA TORO, titular de la cédula de identidad Nº V-8.747.648, en su carácter de parte demandante en contra de la ciudadana YARIBAY MUJICA MARCANO, titular de la cédula de identidad Nº 13.109.377, surtiendo los efectos del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: ordena la devolución de las copias certificadas correspondientes a los anexos "A, B , C, D, E, F y G", las cuales por su naturaleza no pueden ser certificadas razón por la cual las mismas correrán en copias simples.