acuerda otorgar al imputado ALEXANDER EMILIO FANEITE, titular de la Cédula de Identidad N°. 15.343.939 la Medida Cautelar Sustitutiva menos gravosa, de conformidad con el articulo 259 del Código Orgánico Procesal Penal vigente (CAUCION JURATORIA), por lo que deberá obligarse mediante acta firmada en el Tribunal, a no ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal y presentarse cada Quince (15) días por ante este Tribunal., la medida cautelar sustitutiva contemplada en el articulo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, (CAUCION JURATORIA).