En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la ley, Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal e impone la medida cautelar sustitutiva al ciudadano JUAN DOMINGO GOMEZ DIAZ, de nacionalidad Venezolana, de 21 años de edad, natural de Ocumare del Tuy, nacida en fecha 29-11-1981, de estado civil soltero, de oficio obrero, residenciada en Sabana de la Cruz, casa 32 Ocumera del Tuy, hijo de Juan Gomez y Benita Diaz y titular de la cédula de identidad Nro. Indocumentado. Consistente en los ordinales 3° consistente en la presentación cada Quince (15) días por Seis (6) meses y ordinal 5° prohibición de concurrir al lugar de los hechos todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal .....