...PRIMERO: Considera PENALMENTE RESPONSABLE al ciudadano IDENTIDAD OMITA ART. 545 LOPNNA, ampliamente identificado en el contenido de las presentes actuaciones, por hallarlo responsable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal.
SEGUNDO: Se SANCIONA al adolescente IDENTIDAD OMITA ART. 545 LOPNNA, a cumplir DOS (02) AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, ratificándose la medida de privación de libertad dictada por el Tribunal de Control de esta misma Jurisdicción y manteniéndose como sitio de reclusión, el Servicio Autónomo sin Personalidad Jurídica para la Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (SEPINAMI), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 620.F y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y OCHO (08) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 624 eiusdem...