Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS dela De Cujus MARIA MAGALY DEL SOCORRO CANOSA RUIZ, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.263.768, a sus hijos ciudadanos LAUMARY CONCEPCIÓN GONZALEZ CANOSA y LAUREANO DE JESUS GONZALEZ CANOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.267.710 y V-17.155.290, respetivamente