Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato intentada por la ciudadana NILSEN MARIALY LARES VILLARREAL, titular de la cédula de identidad No. V-15.119.657, en contra del ciudadano WILFREDO ALEXIS NUÑEZ BENAVIDES, titular de la cédula de identidad No. V-19.587.473; se ORDENÓ a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad adeudada de dos mil ciento noventa y seis dólares americanos (2.196 $), o su equivalente en bolívares a la tasa de cambio oficial vigente a la fecha del pago; se declaró PROCEDENTE el pago de intereses legales del tres por ciento generados sobre la cantidad adeudada, a favor de la parte actora, los cuales serán calculados desde el vencimiento del lapso contractualmente previsto para el cumplimiento de la obligación primigenia, esto es, desde el primero (1º) de marzo de dos mil veintitrés (2023), hasta la fecha en la que quede definitivamente firme el presente fallo, mediante auto expreso que lo declare; ello a través de una experticia .....