Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDA, la presente acción de amparo incoada por la ciudadana: Nelyda Rivas Peña, en su carácter de Defensor del ciudadano: JESUS MARÍA PADRINO, en contra del DR. EDDI ROSALES SANNAZZARO, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, de conformidad con el contenido de la decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 1° de febrero de 2000.-