ordena al ciudadano: Félix Antonio Dugarte Moreno pretendido agraviado, sanear las omisiones contenidas en su escrito de solicitud de amparo; las cuales han sido señaladas en el cuerpo del presente auto, para lo cual se le otorga un lapso de cuarenta y ocho (48) horas a contar desde la fecha y hora de la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derecho y Garantías Constitucionales.-
Notifíquese al pretendido agraviado.-
Regístrese, Publíquese y Déjese copia certificada con los copiadores que a tal efecto lleva este Tribunal.-