se declara, por resultar procedente y ajustado a derecho, el CESE DEL ESTADO PRIVACIÓN DE LIBERTAD que se materializa para la fecha respecto del penado in commento, y, a objeto de verificarse de inmediato este mandato judicial, se acuerda oficiar al Jefe del Departamento de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con sede en Caracas, anexando a tal comunicación copias fotostáticas debidamente certificadas por Secretaría de boleta de excarcelación y dispositiva de sentencia condenatoria ut supra aludidas; así mismo, cítese a la persona del penado a fin de apersonarse a este órgano jurisdiccional el día de mañana en horas de la mañana, y ofíciese al Departamento de Asesoría Jurídica del Cuerpo Detectivesco participando de la decisión a efectos de exclusión del registro correspondiente en lo que a esta causa concierne. Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese a las partes. Líbrese boleta de citación, ofíciese al De.....