Se ordena el traslado del penado   para el día 28 de Enero  del presente año 2005, a las 9:00 a.m.  de la mañana,  al Centro Penitenciario Región Capital Yare I, para imponerle de la presente decisión. Oficiese Presidente del Consejo Nacional Electoral,  a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, a la Dirección de Registro y Notarías del Ministerio del Interior y Justicia  participándole la interdicción civil del penado, ala Dirección de Prisiones División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a la Dirección de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia; al Director del Centro Penitenciario Región Capital Yare I y Notifíquese al ciudadano Fiscal Décimo del Ministerio Público  con  Competencia Plena en Ejecución de Sentencia y Régimen Penitenciario de la Circunscripción Judicial del  Estado Miranda y a la Unidad de Defensoria Publica Penal de la Circunscripción del Estado Miranda con.....