....DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos MAURO QUEVEDO y ALEIDA JOSEFINA MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-6.409.891 y V-6.996.283 respectivamente, y en consecuencia, declara Disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por la antes Prefectura del Municipio Urdaneta del estado Miranda, en fecha 26-5-1978, la cual quedó asentada bajo el N° 52, folio 51, del libro de Registro de Matrimonios, Tomo I, llevado por ese Despacho durante el año 1978.