Este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO, DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, AL CIUDADANO: ABRAHAM JOSE HENRIQUEZ MACHADO , venezolano, titular de las Cédula de Identidad N° V-16.661.480, nacido el 01-08-1983, de 21 años de edad, de profesión u oficio: Estudiante de 4° año de Bachillerato, hijo de AMERICA MACHADO (V) Y ALBACE HENRIQUEZ (F) domiciliado en: Urb. Terrazas del Este, Parcela 101, piso 3, apartamento 14, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda, por la presunta comisión de uno de los delitos de, ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículo 460 y 278 del Código Penal, en perjuicio de la víctima ciudadana DENIS MERCEDES COROMOTO venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.058.325. Líbrense Boletas de Privación Preventiva de Libertad. Se ordena su detención en el Internado Judicial El Rodeo II. Líbrese los oficios correspondientes.