DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA la pena que le fuere impuesta al penado JOSE RAFAEL CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.692.893, venezolano, de 30 años de edad, Casado, de Profesión u Oficio Taxista, residenciado en la Calle Flor de Liz, Casa Nº 90, Guatire, Estado Miranda; por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, de esta misma Circunscripción Judicial quien lo condenó a sufrir la pena de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, por ser autor responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 409 del Código Penal; así como también a las penas accesorias previstas establecidas en el Artículo 16 del Código Penal vigente; de conformidad con lo previsto en el Artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.